El presidente estadounidense Donald Trump firmó una nueva orden ejecutiva que impone restricciones migratorias a ciudadanos de varios países, incluyendo los de Venezuela que soliciten cierto tipo de visa para ingresar a territorio norteamericano.
La medida, que entrará en vigor el 9 de junio próximo, afecta a quienes buscan ingresar a Estados Unidos con permisos oficiales, como parte de una nueva política de prohibición de viajes que afecta a un total de 19 países.
A continuación, detallamos en claves qué tipos de visas son las restringidas y a cuáles venezolanos afectan:
✔️Los ciudadanos venezolanos están sujetos a restricciones parciales de entrada a Estados Unidos, lo que significa que no enfrentan una prohibición total como los nacionales de 12 países (Afganistán, Myanmar, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen), pero sí tienen limitaciones específicas en ciertas categorías de visas.
✔️Las restricciones para venezolanos aplican a visas de no inmigrante en las categorías B-1, B-2 y B-1/B-2: Visas para turismo, negocios o una combinación de ambos.
✔️ También las visas F y M, que son para estudiantes (académicos y vocacionales, respectivamente).
✔️Igualmente las visas J para visitantes de intercambio cultural o programas académicos (investigadores o estudiantes de intercambio).
✔️ Esto implica que los venezolanos que busquen nuevas solicitudes de estas visas no podrán obtenerlas a partir del 9 de junio de 2025, fecha en que entra en vigor la prohibición.
✔️Visas de inmigrante: Los venezolanos que deseen emigrar permanentemente a Estados Unidos también enfrentan restricciones, salvo en casos específicos de exenciones.
Excepciones a la prohibición
Existen varias excepciones que permiten a ciertos venezolanos seguir ingresando a Estados Unidos, incluso con la nueva política:
Residentes permanentes (titulares de green card): Los venezolanos con residencia permanente legal en Estados Unidos no están afectados y pueden continuar viajando libremente, aunque podrían enfrentar controles adicionales en la frontera.
Ciudadanos con doble nacionalidad: Aquellos que posean ciudadanía estadounidense además de la venezolana están exentos, siempre que utilicen un pasaporte no venezolano para viajar.
Visas de familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses: Las visas de inmigrante en categorías como IR-1/CR-1 (cónyuges), IR-2/CR-2 (hijos) e IR-5 (padres) siguen siendo elegibles, pero los solicitantes deben presentar pruebas claras de identidad y relación familiar, como pruebas de ADN si se requiere.
Visas de adopción: Las categorías IR-3, IR-4, IH-3 e IH-4 para adopciones internacionales están exentas.
Atletas y entrenadores: Los venezolanos que viajen para participar en eventos deportivos importantes, como la Copa Mundial de 2026 o los Juegos Olímpicos de 2028, junto con sus familias, están exentos.
Visas diplomáticas y de organizaciones internacionales: Las visas en categorías como A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1 a NATO-6 no están afectadas.
Refugiados y asilados: Aquellos que ya han sido itidos como refugiados o han recibido asilo están exentos.
Visas válidas existentes: Los venezolanos que ya posean una visa válida en las categorías afectadas (emitida antes del 9 de junio de 2025) no se ven impactados por la prohibición y pueden seguir viajando a Estados Unidos, aunque podrían enfrentar revisiones adicionales en la frontera. Sin embargo, las renovaciones o extensiones de estas visas podrían no ser posibles una vez que expiren.